Boletín 22 / 2026 FISCAL

SECTOR TRANSPORTE. RELACIÓN INDIVIDUALIZADA DE TRABAJADORES A LOS QUE SE LES RETUVO EL 7.5% DEL ISR EN EL 2025

Publicado 2026-01-30 13:06:03 |


Estimados Clientes: 

Recordamos a ustedes la obligación para los contribuyentes del Sector Autotransporte de presentar ante el SAT, a más tardar el próximo 15 de febrero del 2026, la relación individualizada de operadores, macheteros y/o maniobristas a los cuales se les retuvo el 7.5% por concepto de retenciones de ISR sobre los salarios pagados a dichos trabajadores en el ejercicio 2025 (tomando como referencia el salario base de cotización que sirvió para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores al IMSS), con fundamento en la regla “2.1 Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas”, aplicable al Sector autotransporte terrestre de carga federal de la “Resolución de facilidades administrativas para los contribuyentes de los  sectores que en la misma se señalan para 2025”, publicada en el DOF el 17 de febrero del 2025.

 

A continuación, transcribimos la facilidad mencionada: 

Resolución de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2025 (DOF 17-feb-2025) 

Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal 

Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas

2.1.  Los contribuyentes personas físicas y morales, dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal y que tributen en los términos del Título II, Capítulo VII o Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR, podrán optar por enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos efectivamente realizados a operadores, macheteros y maniobristas, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios. 

Para calcular estas retenciones, se tomará como referencia el salario base de cotización utilizado para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores al IMSS, conforme a la normatividad aplicable, en cuyo caso, deberán elaborar y entregar, a más tardar el 15 de febrero de 2026, una relación individualizada de dicho personal en la que se indique las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate, en los términos en que se elabora para efectos de las aportaciones que realicen al IMSS, así como del impuesto retenido, de conformidad con la ficha de trámite 91/ISR "Aviso que presentan los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal que ejercen la opción de enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones de ISR", contenida en el Anexo 1-A de la RMF, además de emitir el CFDI y su complemento por concepto de nómina correspondiente. 

Tratándose de pagos realizados a trabajadores distintos a los señalados en esta regla, se aplicará lo establecido en la Ley del ISR. 

Esta regla será aplicable siempre que los contribuyentes a que se refiere el primer párrafo de la misma no presten preponderantemente sus servicios a otra persona moral residente en el país o en el extranjero, que se considere parte relacionada en los términos de la Ley del ISR. 

 

Cabe mencionar que, de acuerdo con la regla 2.1. mencionada la relación de trabajadores se presenta conforme a la ficha de trámite 91/ISR "Aviso que presentan los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal que ejercen la opción de enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones de ISR" del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) del 2025; sin embargo, en la RMF del 2026 se modificó el número del Anexo y el orden de las fichas de trámite, pasando del Anexo 1-A al Anexo 2 y de la ficha de trámite 91/ISR a 65/ISR y con base a ello en el portal del SAT se actualizó la lista de opciones de “tipos de trámites” disponibles para presentar los avisos o solicitudes en “Mi portal” del SAT, sustituyendo la opción “91/ISR AVISO RFA TRANS CARGA” (que establece la ficha de trámite 91/ISR del 2025) por la opción “65/ISR AVISO RFA TRANS CARGA” (que establece la ficha de trámite 65/ISR del 2026).

 

Es por lo anterior que los contribuyentes que deban presentar la relación de los operadores a quienes le retuvieron el 7.5% de ISR deberán seguir el procedimiento señalado en la ficha de trámite 65/ISR del Anexo 2 de la RMF 2026, conforme a lo siguiente:  

 

     1. Iniciar sección con RFC y contraseña al portal del SAT, a través del siguiente link:

https://www.sat.gob.mx/portal/private/aplicacion/mi-portal

     2. Seleccionar la opción Servicios por Internet > Servicio o solicitudes > Solicitud, para acceder a un formulario. 

     3. Llenar el formulario del Apartado “Descripción del Servicio” conforme lo siguiente: 

  • Trámite: elegir la opción “65/ISR AVISO RFA TRANS CARGA” 
  • Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, 
  • Asunto: Aviso de opción ficha de trámite 65/ISR del Anexo 2 
  • Descripción: Se presenta el aviso de opción establecido en la ficha de trámite 65/ISR del Anexo 2 
  • Adjuntar Archivo / Examinar: En esta opción se selecciona el archivo digitalizado que contenga la relación individualizada de los operadores, macheteros y maniobristas para anexarlo al trámite.

 Importante: De acuerdo con la ficha de trámite, la relación individualizada debe adjuntarse en formato .XLS (Libro Excel 97-2003) o .txt (Documento de texto), mismo que deberá comprimirse en formato .ZIP

 Por lo tanto, el archivo comprimido .ZIP que adjuntaran deberá contener la relación individualizada de los trabajadores en formato .xls o .txt y en su caso el escrito firmado por el representante legal en PDF.

 

  • Oprimir los botones Cargar y Enviar para generar el Acuse de recepción que contiene el folio del aviso, el cual se podrá imprimir o guardar.

 

Adjuntamos al presente:

  • Propuesta de escrito libre
  • Propuesta de relación individualizada de los operadores, macheteros y maniobristas
  • Ficha de trámite 91/ISR del Anexo 1-A del 2025 (para que den lectura del procedimiento del trámite)
  • Ficha de trámite 65/ISR del Anexo 2 del 2026 (para que den lectura del procedimiento del trámite)

 

 

Atentamente:

 

Ficachi y Asociados, S.C.

 

 

Adjuntos

Ficha de trámite 65-ISR_Anexo 2 2026._FCH031.docx

Ficha de trámite 91-ISR_Anexo 1-A 2025._FCH032.docx

Relación individualizada 2025_FCH033.xls

Escrito Relación de trabajadores-Retenc 7.5 ejerc2025._FCH280.docx