INFORMACIÓN LFPIORPI PARA ATENDER SOLICITUDES Y/O REQUERIMIENTOS DE LA AUTORIDAD
Estimados Clientes
En atención a las obligaciones que emanan de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y su Reglamento, de las Reglas de Carácter General y Criterios Generales emitidos por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como con motivo de la reciente reforma a la mencionada LFPIORPI, hacemos de su conocimiento que la autoridad ha iniciado con el uso de sus facultades de comprobación en esta materia de forma más recurrente.
Por lo anterior, exhortamos a todos aquellos contribuyentes que realizan alguna de las actividades denominadas “vulnerables” listadas en el artículo 17 de la LFPIORPI a que revisen el estatus que guardan las obligaciones que en esta materia deben cumplir, tales como la integración de sus expedientes de identificación, papeles de trabajo, presentación de avisos y demás documentación soporte.
Dado lo anterior y considerando el reciente actuar de la autoridad, exponemos a continuación, un listado con la información solicitada por ésta. Desde luego, la información aquí listada es de carácter informativo que recopila los diversos actos administrativos entregados por la autoridad, es decir, este listado no significa que sea la información que exclusivamente solicitará la autoridad, pues dicha solicitud dependerá del tipo de actividad vulnerable que realice el contribuyente de forma individual. Sin embargo, dada la complejidad que resulta esta materia y lo representativo que puede significar la imposición de una multa, consideramos importante exponer a continuación los siguientes ejemplos de solicitud información.
- POLÍTICAS DE IDENTIFICACIÓN DE CLIENTES: Documento que contenga las políticas de identificación de clientes y/o usuarios, el cual comprenderá cuando menos los lineamientos establecidos y los criterios, medidas y procedimientos internos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 37 de las Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia ilícita.
- AVISOS AL PADRÓN DE ACTIVIDADES VULNERABLES.- Alta de registro y actualizaciones y/o modificaciones en el Padrón de personas que realizan actividades vulnerables.
- EXPEDIENTES DE IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE.- Expedientes únicos de identificación de clientes y/o usuarios con los que haya realizado la actividad vulnerable.
- AVISOS E INFORMES PRESENTADOS.- Avisos e informes presentados, asi como la documentación soporte de los mismos.
- INFORMACIÓN SOBRE LA IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO CONTROLADOR.- Copia simple y legible de las constancias que acrediten que el sujeto obligado solicitó a sus clientes y/o usuarios, información acerca de si tienen o no conocimiento de la existencia del dueño beneficiario de las operaciones liquidadas y en su caso, proporcione la documentación oficial que permita identificarlo, si esta obrare en su poder, en caso contrario declarara que no cuenta con ellas, asi mismo deberá exhibir cualquier otra documentación relacionada con las citadas constancias
- OPEARCIONES LIQUIDADAS Y FOLIOS DE AVISOS PRESENTADOS.- Documento que contenga el registro y control de todas las operaciones liquidadas, asi como aquellas relacionadas con los folios de los avisos que en adelante se enlistan, relativas a la actividad vulnerable.
- CONTRATOS Y CONVENIOS LEGALES.- Contratos emitidos respecto de la realización de la actividad vulnerables, asi como toda aquella información y documentación que sirva como soporte de los mismos.
- RELACIÓN DE NEGOCIOS CON CLIENTES Y USUARIOS.- Manifiesto bajo protesta de decir verdad si el sujeto obligado que realiza la actividad vulnerable tiene relación de negocios con clientes y usuarios, con los que haya realizado la actividad vulnerable y en caso de contar con dicha relación de negocios, informe sobre su actividad u ocupación basándose, entre otros, en el aviso de inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del Registro Federal de Contribuyentes.
- MECANISMOS PARA ACUMULACIÓN DE ACTOS O ACTIVIDADES VULNERABLES.- Documento en el que consten los mecanismos para dar seguimiento y acumular los actos u operaciones que, en lo individual, realice con clientes y/o usuarios, por montos iguales o superiores a los señalados en los supuestos de identificación previstos en el penúltimo párrafo de los artículos 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita, 7 del reglamento y 19 de las Reglas de carácter general a que se refiere la ley.
- INFORMACIÓN CONTABLE Y FINANCIERA.- Auxiliares contables de bancos, clientes, anticipo de clientes, ingresos y ventas.
- ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS.-Estados de cuenta bancarios de todas las cuentas a nombre del sujeto que realiza la actividad vulnerable.
- CFDI Y REP.- Facturas, comprobantes de pago, emitidos respecto de la realización de la actividad vulnerable.
Por lo que, con base en lo anterior, sugerimos a la brevedad integrar un expediente, por quienes son sujetos de la LFPIORPI, para dar seguimiento a estas obligaciones y tener la información antes enlistada en el momento en que la autoridad notifique una Visita de Verificación.
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C