IMSS - IMPLEMENTACIÓN DE LA E.FIRMA COMO ÚNICO CERTIFICADO DIGITAL VÁLIDO PARA REALIZAR MOVIMIENTOS AL IMSS
IMPLEMENTACIÓN DE LA E.FIRMA COMO ÚNICO CERTIFICADO DIGITAL VÁLIDO PARA REALIZAR MOVIMIENTOS AL IMSS
Estimados Clientes:
Hacemos de su conocimiento que con fecha del 16 de Julio del 2026, el IMSS, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, da a conocer el ACUERDO ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026, relativo a la implementación de la e.firma como único certificado digital válido para la realización de movimientos afiliatorios y vinculación de representantes legales exclusivamente mediante Escritorio Virtual.
Mediante esta publicación, el IMSS hace del conocimiento de los contribuyentes QUE SE ELIMINA EL NPIE (Número de Identificación Patronal Electrónica) como medio para identificarse ante el IMSS, dando un plazo de 90 días para transitar al uso de la EFIRMA autorizada por el SAT, conforme a los siguientes Acuerdos, a saber:
Primero.- Aprobar el uso exclusivo de la Firma Electrónica Avanzada (E.FIRMA), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que realicen las personas empleadoras o sujetos obligados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, cuando éstos opten por realizarlos mediante medios de comunicación electrónicos y firmarlos con la E.FIRMA, lo cual producirá los mismos efectos legales que los documentos presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a éstos.
Segundo.- Tratándose de persona empleadora o sujeto obligado, persona física o moral, que autorice a realizar actos a su nombre y cuenta a una persona con carácter de representante legal, administrador o cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, deberá realizar la vinculación exclusivamente por medio del Escritorio Virtual para lo cual el particular representante se autenticará mediante el uso de su E.FIRMA, y firmará conjuntamente con la persona representada, ambos mediante el uso de su E.FIRMA.
Tercero.- Dejar sin efectos los Acuerdos número 43/2004 y 533/2006, publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 03 de marzo de 2004 y 07 de marzo de 2007, respectivamente.
Cuarto.- Aprobar la derogación del uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital expedido por el IMSS para realizar actos ante el mismo, considerando que se ha cumplido el supuesto descrito en la Regla 9 Transitorio único, del Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.280813/234.P.DIR y Anexo Único Reglas de Carácter General para el uso de la FIEL, actualmente E.FIRMA, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de noviembre de 2013.
Quinto.- Otorgar un periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que las personas empleadoras o sujetos obligados puedan migrar al uso exclusivo de la E.FIRMA.
Sexto.- Instruir a la persona titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, por conducto de la persona Titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, resuelva las dudas o formule las aclaraciones que las unidades administrativas del Instituto presenten o soliciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo.
Séptimo.- Instruir a la persona titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico para que realice las adecuaciones necesarias para instrumentar el presente Acuerdo, e informe lo conducente a la persona titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación.
Octavo.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que realice el trámite para la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Noveno.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Este acuerdo lo podrán encontrar en el siguiente link:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5793741&fecha=16/07/2026#gsc.tab=0
ATENTAMENTE
FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.
