Estimados clientes:
En relación con nuestro boletín 65/2026, informamos a ustedes que el día de hoy, 08 de septiembre de 2026, el Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.310826/238.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2026, por el que se aprueba la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, así como la actualización de la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS y sus anexos I y II.”, el cual entrará en vigor el 23 de septiembre de 2026 (15 días naturales posteriores de su publicación).
Los principales objetivos de este acuerdo son los siguiente:
- Aprobar la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, la cual será generada mediante el Buzón IMSS en términos del procedimiento establecido en el Anexo I que forma parte del presente Acuerdo.
- Aprobar el uso de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, en aquellos trámites que la requieran, la cual sustituirá a la que hubiere sido expedida de forma física.
- Aprobar la actualización de la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS, mediante Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2024, para adicionar el nuevo servicio de Generación de Tarjeta de Identificación Patronal Digital, disponible a través del Buzón IMSS, la cual se adjunta al presente como Anexo II
De acuerdo con el Anexo 1 el procedimiento para la generación de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital a través del Buzón IMSS es el siguiente:
- Ingresar al Buzón IMSS, mediante la página electrónica del Instituto www.imss.gob.mx/buzonimss , utilizando el medio de autenticación correspondiente.
- En el menú principal, en la sección "Afiliación y Cobranza", seleccionar la opción "Mi TIP".
- Escribir y seleccionar el Registro Patronal para el cual se desea obtener la generación de la TIP.
- Verificar que la lista de personas autorizadas sea correcta (máximo 3). En caso de requerir cambios, realizar el alta usando la CURP, o la baja de las personas autorizadas.
- Dar clic en el botón "Generar TIP". El sistema mostrará la información de las personas autorizadas para revisión; si es correcta, se deberá aceptar la generación de la TIP, la cual se descargará en formato PDF, para guardarla o imprimirla.
- Una vez generada la reimpresión de la TIP, se deberá dar clic en el ícono "Descargar PDF", para obtener el documento en formato PDF cuantas veces se requiera.
Adjunto compartimos el mencionado Acuerdo.
Atentamente:
Ficachi y Asociados, S.C.
