Boletín 73 / 2021

CARTA PORTE. ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZA LA CARTA DE PORTE EN AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SUS SERVICIOS AUXILIARES

Publicado 2021-12-17 13:04:35 |


Estimados clientes.

El día de ayer, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZA LA CARTA DE PORTE EN AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SUS SERVICIOS AUXILIARES". Dicho acuerdo abroga la CIRCULAR por la que se aprueban los modelos de Carta de Porte-Traslado o Comprobante para Amparar el Transporte de Mercancías pre-impresa y Carta de Porte o Comprobante para Amparar el Transporte de Mercancías Digital por Internet (CFDI) que autoriza el servicio de autotransporte federal de carga en los caminos y puentes de jurisdicción federal, así como indicaciones generales, formato e instructivo de requisitos y condiciones de transporte y anexos publicado en el DOF el 15 de diciembre de 2015, es decir, se abroga la disposición que señalaba la obligación de emitir la “carta porte” en papel, para actualizarla y hacer referencia al complemento Carta Porte del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Del Acuerdo mencionado destaca lo siguiente:  

  1. Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes considerará como carta de porte al denominado complemento Carta Porte del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para efectos de lo previsto por los artículos 2, fracción II, 58, 66 y 69 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y demás disposiciones aplicables en la materia.
  1. El complemento Carta Porte que se incorpora al CFDI de tipo Ingreso, es el título legal del contrato entre el transportista y el “Expedidor”, “Remitente” o "Usuario" que contrata el servicio, por cuyo contenido se decidirán las cuestiones que ocurran con motivo del servicio de transporte, siendo el instrumento comprobatorio de la recepción o entrega de las cosas, bienes mercancías o vehículo objeto de servicio, de su legal posesión, traslado o transporte, aplicable en el servicio de autotransporte federal de carga general o especializada en sus distintas modalidades, paquetería y mensajería, así como el servicio de arrastre y arrastre y salvamento de vehículos.
  1. En el transporte privado de carga el permisionario acreditará el transporte de sus bienes o mercancías, a través de un CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.
  1. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a través de los servidores públicos comisionados para la inspección, verificación y vigilancia, dependientes de la Dirección General de Autotransporte Federal o los Centros SCT en cada uno de los Estados que integran la Federación, verificará en Centros Fijos de Verificación de Peso y Dimensiones y a través de visitas de inspección, el cumplimiento del complemento Carta Porte incorporado al CFDI de tipo traslado o de ingreso, según corresponda, conforme a la normatividad aplicable, con independencia de las atribuciones que tiene conferidas la Guardia Nacional dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
  1. Las condiciones de prestación de los servicios de transporte de bienes, mercancías o vehículos, por los caminos y puentes de jurisdicción federal, se consignarán en las cláusulas del contrato de prestación de servicios que ampara la carta porte, mismas que son obligatorias para todos los transportistas y formarán parte integral en la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte, en los términos del Anexo Único del Acuerdo mencionado.
  1. Entrará en vigor, una vez que sea obligatorio el uso del complemento Carta Porte de acuerdo a las reglas 2.7.1.8, 2.7.1.9. y 2.7.1.51. de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 (DOF 18 de noviembre del 2021), es decir, a partir del 1 de enero del 2022 por virtud del artículo Décimo Primero Transitorio reformado en la 1ra versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF 2021.

 

Adjunto compartimos el “Acuerdo por el que se actualiza la Carta de Porte en Autotransporte Federal y sus servicios auxiliares”.

 

 ATENTAMENTE

 FICACHI Y ASOCIADOS, S.C.

 

Adjuntos

ACUERDO ACTUALIZACIÓN CARTA PORTE_SCT DOF 16DIC2021_FCH350.doc